Órganos de gobierno

La Asamblea General constituye el órgano soberano de decisión del colegio y asisten a la misma todas las personas colegiadas que mantienen vigentes sus derechos con arreglo a lo establecido en los Estatutos. Los acuerdos adoptados por este órgano de gobierno son vinculantes para todas las colegiadas y los colegiados.

La Junta Rectora es el órgano gestor del COPPA y da cuenta de su actuación a la Asamblea. La Junta es elegida por un periodo de cuatro años mediante elección directa de las colegiadas y los colegiados, que votan listas cerradas y completas, con especificación de cargos, según lo establecido para el procedimiento electoral en los Estatutos. La componen: Presidenta/e, Vicepresidenta/e, Secretaria/o, Vicesecretaria/o, Tesorera/o, Vicetesorera/o y 5 vocales.

Composición actual de la Junta Rectora

Comisión Deontológica

La Comisión Deontológica dispone de total independencia, facultades y competencias plenas en el desempeño de sus funciones, así como de cuantos medios reclame para el ejercicio de su cometido. La componen: Presidenta/e, Secretaria/o y 3 vocales

Composición actual de la Comisión Deontológica

Organigrama
Organigrama
¿Qué es el Colegio Profesional de Psicología de Aragón?

El Colegio Profesional de Psicología de Aragón, COPPA en adelante, es una Corporación de Derecho Público, amparada por la Ley y reconocida por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

Desde el colegio se fomenta la promoción y desarrollo de la profesión, la solidaridad entre profesionales y el servicio a la sociedad

El COPPA agrupa y representa a todas las personas licenciadas y doctoras/es en psicología que ejercen la profesión en la comunidad autónoma de Aragón.
Ofrece a las colegiadas y colegiados de Aragón apoyo y defensa de sus intereses, representación, regulación de la actividad, formación y difusión de temas relacionados con la psicología.

Estatutos y Normativa Asociada

El COPPA se rige por la Ley 2/1998 de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón, la Ley 19/2002 de 18 de septiembre, de creación, por segregación del Colegio Profesional de Psicología de Aragón, estos Estatutos y la Legislación Autonómica y estatal aplicable, sin perjuicio de las leyes que regulan el ejercicio de la profesión, así como por los Reglamentos de Régimen Interior, los cuales no podrán ir en contra de lo dispuesto en estos Estatutos.

Descargar Estatutos del Colegio Profesional de Psicología de Aragón
Descargar Registro de Estatutos del Colegio Profesional de Psicología de Aragón
Descargar Ley de Creación del Colegio Profesional de Psicología de Aragón